Médico que posea el grado de Oftamólogo, con licencia válida e ilimitada para ejercer en Colombia. Que haya completado el entrenamiento formal de Oftalmología o su equivalente, según determine la junta Directiva.
Médico que posea el grado de Residente de Oftalmología o Fellow de un servicio cuyo programa este avalado por la SOCOFTALen Colombia. Según determinación de la junta Directiva.
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